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nelson

Los contratos de obras y sus riesgos

¿En qué momento nos ocupamos de la lectura del contrato que hemos suscrito con nuestro cliente y asumimos una postura de responsabilidad respecto a lo ahí establecido? ¿Cuántos proyectos u obras han concluido con una sustancial reducción en la utilidad por falta de conocimiento en el clausulado del contrato?

5 respuetas para “Los contratos de obras y sus riesgos”

  1. nelson dice:

    La Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, establece tres modalidades de contratación, siendo mediante la base de precios unitarios, a precio alzado o mixto; ¿como ingenieros y constructores conocemos los alcances de nuestros contratos y los riesgos y oportunidades inherentes a la modalidad de contratación?

  2. nelson dice:

    Hoy por hoy, las necesidades del país para el desarrollo de infraestructura, su mantenimiento y conservación, han obligado a mirar en otras direcciones, buscando soluciones a las demandas sociales y las limitaciones financieras de las entidades y dependencias en cualquier nivel de gobierno; ¿qué nivel de conocimiento tenemos como profesionistas para ejecutar contratos cada vez más complejos y riesgosos en materia técnica y financiera?

  3. nelson dice:

    Los contratos de prestación de servicios (PPS) y las concesiones, son esquemas que han venido a revolucionar a la Industria de la Construcción, han generado un impulso sobresaliente a la competencia y la especialización en áreas que originalmente no contemplábamos como oportunidades de negocio; sin embargo, los riesgos asociados a la ejecución de los contratos representan una posibilidad de fracaso que, indudablemente, pueden ocasionar el colapso financiero y la consecuente desaparición de empresas que no cuenten con experiencia en estos nuevos esquemas.

  4. karla1000 dice:

    Un buen tema que expones Colega Nelson, en la actualidad hay casos que han sido afectados por este tipo de riesgos que no cumplen con los requerimientos necesarios.

    • nelson dice:

      La realidad de las empresas mexicanas, con independencia del rubro al que se dediquen, está sujeta al cumplimiento de las obligaciones contractuales y, sobre todo, al conocimiento del contrato; en este contexto, el conocer los alcances de nuestras obligaciones implica un resultado exitoso o un resultado que puede ocasionar una catástrofe financiera para la organización.

      Saludos.

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